Toda persona en el
Perú que cuente con un seguro o plan de
salud, ya sea público o privado, tiene derecho a recibir tratamiento en
caso de trastornos mentales. Y es que desde la promulgación del decreto N°023-2021-Salud,
en julio de este año, todas las aseguradoras en el país están obligadas a
incluir en sus pólizas de salud coberturas para la prevención, diagnóstico,
tratamiento y rehabilitación en salud
mental y psicológica.
Actualmente, hay 414 tipos de trastornos mentales reconocidos
oficialmente en el Perú, entre ellos figuran los trastornos de ansiedad, de
pánico, trastorno obsesivo-compulsivo y fobias, depresión, trastorno bipolar y
otros trastornos del estado de ánimo, trastornos de la alimentación, trastornos
de personalidad, trastorno de estrés postraumático, trastornos psicóticos,
incluyendo la esquizofrenia, alcoholismo.
Héctor Begazo,
director comercial de Sabsa, empresa
especializada en gestión de planes de salud, señala que pese a que la ley está
vigente hace más de dos años; la mayoría de personas aún no conoce que su
seguro médico, ya sea del SIS, Essalud, EPS o un seguro privado, le ofrece
acceso a información de salud mental, despistajes; atención ambulatoria, emergencia
y hospitalización, incluyendo medicinas y exámenes auxiliares; atención de
seguimiento y rehabilitación de diagnósticos de salud mental.
Begazo advierte que las personas no suelen
prestarle atención a todos los riesgos que implica sufrir un trastorno mental,
hasta que se empieza a afectar su vida personal y laboral. Por ello, instó a
las empresas a estar pendientes de la salud mental de sus trabajadores con el
objetivo de prevenir y tratar problemas como la depresión, esquizofrenia o
desórdenes alimenticios.